Art. 46
Revisión
En vigor desde 26 feb 2014
Artículo 46
Revisión
1. Antes del 19 de abril de 2018 la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación y el funcionamiento del presente Reglamento.
2. El informe se basará en una consulta a las partes interesadas pertinentes.
3. El informe irá acompañado, en su caso, de una propuesta de modificación de la presente Directiva.
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