Art. 46

Revisión

En vigor desde 26 feb 2014
Artículo 46 Revisión 1.   Antes del 19 de abril de 2018 la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación y el funcionamiento del presente Reglamento. 2.   El informe se basará en una consulta a las partes interesadas pertinentes. 3.   El informe irá acompañado, en su caso, de una propuesta de modificación de la presente Directiva.
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