Art. 2

Definiciones

En vigor desde 20 nov 2013
Artículo 2 Definiciones A efectos de la presente Directiva se aplica la siguiente definición, además de las definiciones pertinentes que figuran en el anexo de la Directiva 2009/13/CE; «partes pertinentes del CTM 2006»: las partes del CTM 2006 cuyo contenido se considerará que corresponde a las disposiciones del anexo de la Directiva 2009/13/CE.
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