Art. 37
Procedimiento de comité
En vigor desde 12 jun 2013
Artículo 37
Procedimiento de comité
1. La Comisión estará asistida por un Comité. Dicho comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) no 182/2011.
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el artículo 4 del Reglamento (UE) no 182/2011.
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