Art. 17
Procedimientos de evaluación de la conformidad
En vigor desde 12 jun 2013
Artículo 17
Procedimientos de evaluación de la conformidad
Para la evaluación de la conformidad de los artículos pirotécnicos, el fabricante seguirá uno de los procedimientos siguientes mencionados en el anexo II:
a)
el examen UE de tipo (módulo B), y, a elección del fabricante, uno de los siguientes procedimientos:
i)
la conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más control supervisado de los productos a intervalos aleatorios (módulo C2),
ii)
la conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D),
iii)
la conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del producto (módulo E);
b)
la conformidad basada en la verificación por unidad (módulo G);
c)
la conformidad basada en el pleno aseguramiento de la calidad del producto (módulo H), en la medida en que se trate de artificios de pirotecnia de la categoría F4.
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