Art. 83
Comparación con la experiencia anterior
En vigor desde 25 nov 2009
Artículo 83
Comparación con la experiencia anterior
Las empresas de seguros y de reaseguros dispondrán de procesos y procedimientos para garantizar que las mejores estimaciones, y las hipótesis en las que se base el cálculo de las mejores estimaciones, se comparen periódicamente con la experiencia.
Cuando la comparación ponga de manifiesto una desviación sistemática entre la experiencia y los cálculos de las mejores estimaciones de las empresas de seguros y de reaseguros, la empresa realizará los oportunos ajustes en los métodos actuariales o en las hipótesis utilizadas.
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