Art. 16

En vigor desde 6 may 2009
Artículo 16 Queda derogada la Directiva 89/398/CEE, tal como ha sido modificada por las disposiciones indicadas en la parte A del anexo II, sin perjuicio de las obligaciones de los Estados miembros relativas a los plazos de transposición al Derecho nacional y a la aplicación de la Directivas que figuran en la parte B del anexo II. Las referencias a la Directiva derogada se entenderán hechas a la presente Directiva, con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo III.
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