Art. 23
Informe sobre la aplicación
En vigor desde 23 abr 2009
Artículo 23
Informe sobre la aplicación
La Comisión, cada cinco años, presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación y el cumplimiento de la presente Directiva, y propondrá, en caso necesario, nuevas medidas, a la luz de las recomendaciones contenidas en el informe.
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