Art. 18

En vigor desde 20 dic 2007
Artículo 18 La presente Directiva deroga y sustituye a la Directiva 69/169/CEE con efecto a partir del 1 de diciembre de 2008. Las referencias a la Directiva derogada se entenderán hechas a la presente Directiva con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dir:2007:74:oj#art-18

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil