Art. 13

No renovación

En vigor desde 29 abr 2004
Artículo 13 No renovación 1.   El permiso de residencia expedido de conformidad con la presente Directiva no se renovará si las condiciones del apartado 2 del artículo 8 dejan de cumplirse o si una decisión adoptada por las autoridades competentes ha puesto fin al procedimiento pertinente. 2.   Cuando expire el permiso de residencia expedido de conformidad con la presente Directiva, se aplicará la legislación de extranjería ordinaria.
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