Título TÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 25 may 2020
Este Decreto-ley Foral será remitido al Parlamento de Navarra a efectos de su convalidación, conforme a lo establecido en el artículo 21 bis.2 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-nc/dlf/2020/05/20/5#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil