Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final primera

En vigor desde 25 may 2020
Se añade un último párrafo al apartado 4 del artículo 9, sobre procedimiento de elaboración, con la siguiente redacción: «Este procedimiento simplificado también se podrá aplicar en el caso de las modificaciones puntuales de los planes rectores de uso y gestión de los espacios naturales protegidos y de los planes de gestión Natura 2000.»
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eli/es-ib/dl/2020/05/25/9#disposicion-final-primera

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