Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 7 dic 2025
Mientras el consejero competente en materia de proyectos estratégicos de inversión no impulse la creación de nuevos órganos de gobernanza de acuerdo con el artículo 4 de este Decreto ley, la Comisión Interinsular del Plan Estratégico y la Comisión Interdepartamental de Inversiones Estratégicas, creadas al amparo de la Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que deben financiarse con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deben continuar ejerciendo sus funciones.
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