Art. Disposición final decimocuarta

En vigor desde 16 jun 2022
3. El apartado 6 de la disposición adicional segunda de la Ley 17/2019, de 8 de abril, queda modificado de la siguiente manera: «6. Los funcionarios de la escala operativa básica que en el plazo de cinco años desde la entrada en vigor de esta ley no consigan acreditar el requisito de titulación pasarán a la situación de “a extinguir” en el subgrupo C2, excepto que obtengan la titulación requerida.»
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