Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.º Regularización de situaciones de guarda de hecho
Art. Disposición final primera
En vigor desde 24 may 2022
Se faculta a la persona titular Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación para dictar cuantas instrucciones y normas sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto-ley.
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ProBOJA-b-2022-90151#disposicion-final-primera