Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 3.º Regularización de situaciones de guarda de hecho

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 24 may 2022
Se faculta a la persona titular Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación para dictar cuantas instrucciones y normas sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto-ley.

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