Art. 7

En vigor desde 3 dic 2020
7.1 Esta actuación, que forma parte del Eje del empleo definido en el artículo 2 de este Decreto ley, tiene como objetivo proporcionar a las personas participantes los recursos y las competencias necesarias para mejorar su empleabilidad. 7.2 La entidad promotora debe definir unos recursos ocupacionales que den respuesta a las necesidades del territorio derivadas de la crisis sociosanitaria de la COVID-19. 7.3 Las actividades de acogida y acompañamiento a la inserción laboral las debe ejecutar la entidad promotora del proyecto. No obstante, si el proyecto prevé actividades grupales para la adquisición de competencias básicas y transversales, se pueden subcontratar si la entidad promotora no dispone de los recursos suficientes para desarrollarlas.
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eli/es-ct/dl/2020/12/01/49#art-7

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