Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
DerogadoEn vigor desde 25 nov 2020
4.1 Esta ayuda se otorga en un pago único por el procedimiento de concurrencia no competitiva.
4.2 El criterio de otorgamiento de las ayudas será la presentación dentro del plazo de la solicitud, siempre que se cumplan los requisitos para ser beneficiario y de acuerdo con la disponibilidad de crédito. En caso de que se agote la dotación presupuestaria, se ampliará la dotación de acuerdo con el artículo 7.2.
4.3 Esta ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda, prestación, subsidio o subvención pública o privada, destinado a la misma finalidad, excepto con las ayudas previstas en el Decreto-ley 41/2020, de 10 de noviembre, de medidas extraordinarias de carácter social en centros educativos y en el ámbito de la educación en el ocio y de las actividades extraescolares para hacer frente a las consecuencias de la COVID-19, con las cuales sí es compatible.
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Proeli/es-ct/dl/2020/11/24/47#art-4