Capítulo CAPÍTULO III

Art. 16

En vigor desde 25 nov 2020
Se modifica el artículo 12 del Decreto-ley 39/2020, de 3 de noviembre, que queda redactado de la manera siguiente: «Artículo 12. Aplicación presupuestaria y financiación. El importe máximo correspondiente al pago de estas ayudas, para el ejercicio 2020, es de 6.500.000 euros y se imputa a la partida presupuestaria D/480000190 del centro gestor BE19. El importe máximo destinado a esta ayuda se puede ampliar mediante resolución de la persona titular del órgano concedente, de acuerdo con el crédito disponible en la partida.»
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eli/es-ct/dl/2020/11/24/47#art-16

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