Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final quinta
En vigor desde 9 jun 2021
El presente decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Extremadura».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/dl/2021/06/04/4#disposicion-final-quinta