Art. Disposición final tercera

En vigor desde 4 may 2021
Se modifica el artículo 8 de la mencionada Ley 2/2020, que quedará redactado en los siguientes términos: «Durante 2020 y hasta el 15 de junio de 2021 todo tipo de obras de edificación, modificación, reparación y derribos estarán exentas de las limitaciones temporales estivales relativas a la temporada turística que estén vigentes en cualquier normativa autonómica, insular o municipal. Los ayuntamientos podrán prorrogar de forma motivada esta exención, en función de las circunstancias concurrentes, sin necesidad de modificar la normativa municipal.»
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eli/es-ib/dl/2021/05/03/4#disposicion-final-tercera

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