Capítulo CAPÍTULO 1

Art. 10

En vigor desde 20 jul 2018
1. El régimen de contabilidad del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat es el que disponga la normativa reguladora de las finanzas públicas de la Generalidad para este tipo de entidades. 2. El Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat debe elaborar anualmente un presupuesto, de acuerdo con la normativa de finanzas públicas de Catalunya, y siguiendo los criterios del departamento competente en materia de economía y finanzas. 3. El control financiero del Ente de Abastecimiento de Agua Ter-Llobregat tiene por objeto comprobar su funcionamiento económico-financiero y se efectúa por la Intervención General de acuerdo con lo previsto en la normativa de finanzas públicas de Catalunya, sin perjuicio de las competencias de control de la Sindicatura de Cuentas y el Tribunal de Cuentas.
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eli/es-ct/dl/2018/07/17/4#art-10

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