Art. Disposición final primera

En vigor desde 7 ago 2020
Modificación del Decreto 203/2015, de 15 de septiembre, por el que se crea la Red de Vigilancia Epidemiológica y se regulan los sistemas de notificación de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos. 1. Se modifica el apartado 1 del artículo 18 del Decreto 203/2015, de 15 de septiembre, por el que se crea la Red de Vigilancia Epidemiológica y se regulan los sistemas de notificación de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos, que queda redactado de la siguiente manera: «18.1 El Servicio de Urgencias de Vigilancia Epidemiológica de Cataluña funciona mediante un servicio de guardias que se asignan, según un sistema de rotación, al personal sanitario adscrito a los diferentes servicios de vigilancia epidemiológica intervinientes.» 2. El artículo 18.1 de Decreto 203/2015, de 15 de septiembre, por el que se crea la Red de Vigilancia Epidemiológica y se regulan los sistemas de notificación de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos en la redacción contenida en el apartado anterior mantiene su rango normativo reglamentario.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/dl/2020/08/04/30#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil