Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 7 ago 2020
Modificación del Decreto 203/2015, de 15 de septiembre, por el que se crea la Red de Vigilancia Epidemiológica y se regulan los sistemas de notificación de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos. 1. Se modifica el apartado 1 del artículo 18 del Decreto 203/2015, de 15 de septiembre, por el que se crea la Red de Vigilancia Epidemiológica y se regulan los sistemas de notificación de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos, que queda redactado de la siguiente manera: «18.1 El Servicio de Urgencias de Vigilancia Epidemiológica de Cataluña funciona mediante un servicio de guardias que se asignan, según un sistema de rotación, al personal sanitario adscrito a los diferentes servicios de vigilancia epidemiológica intervinientes.» 2. El artículo 18.1 de Decreto 203/2015, de 15 de septiembre, por el que se crea la Red de Vigilancia Epidemiológica y se regulan los sistemas de notificación de enfermedades de declaración obligatoria y brotes epidémicos en la redacción contenida en el apartado anterior mantiene su rango normativo reglamentario.
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