Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 16 sept 2020
Las determinaciones incluidas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación en el presente Decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.

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BOJA-b-2020-90380#disposicion-final-segunda

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