Capítulo CAPÍTULO XI
Art. 85
En vigor desde 28 dic 2019
1. Con independencia de la sanción que pueda imponerse, se exigirá al responsable la corrección de las deficiencias que se observen en el plazo que se establezca.
2. Las órdenes de restablecimiento de la legalidad que se adopten no tendrán carácter sancionador, y se impondrán a través de un procedimiento distinto, en el que se dará audiencia al interesado. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución este procedimiento será de 9 meses.
Tus anotaciones
ProBORM-s-2019-90599#art-85