Capítulo CAPÍTULO VIIISecc. Sección 1.ª Proyectos prioritarios con generación renovable asociada

Art. 42

En vigor desde 21 mar 2023
Los proyectos o inversiones con generación renovable asociada que sean declarados prioritarios y urgentes se regirán por lo establecido en este capítulo.
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eli/es-ar/dl/2023/03/20/1#art-42

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