Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 6.ª Tasa por concesión de calificaciones de Viviendas de Protección Pública.

Art. 91 ter

cero

En vigor desde 1 ene 2001
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas o las entidades a que se refiere el artículo 5.2 de esta Ley, promotores de proyectos de Viviendas de Protección Pública Nueva Construcción y que soliciten los beneficios establecidos, la inspección o la calificación correspondiente, mediante la presentación de la documentación necesaria. Se añade por el .4 de la Ley 4/2000, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-3992 .

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eli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-91-ter

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