Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 1.ª quater. Tasa por evaluación, estudio y tramitación para la puesta en el mercado de complementos alimenticios
Art. 60
decimotercero
En vigor desde 1 ene 2026
Son sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que soliciten o sean receptoras de los servicios que constituyen el hecho imponible de la tasa.
Se añade por el .3 de la Ley 5/2025, de 31 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-2888
Tus anotaciones
Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-60-10