Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Tasa de entrada y visita a las cuevas y yacimientos prehistóricos
Art. 53
En vigor desde 27 jun 1998
Constituye el hecho imponible la entrada y visita a las cuevas y yacimientos prehistóricos que se enumeran en la tarifa de esta tasa.
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Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-53