Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª ter. Tasa por la inscripción en las pruebas de conjunto de grado medio o de grado superior para la homologación de la formación de entrenadores regionales y de entrenadores nacionales, de fútbol y de fútbol sala
Art. 52
noveno
En vigor desde 1 ene 2015
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa: 52,10 euros.
Se añade por el .8 de la Ley 11/2014, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1764 .
Tus anotaciones
Proeli/es-as/dlg/1998/06/11/1#art-52-6