Capítulo CAPÍTULO 5Secc. Sección 2. Modificación de la Ley 8/1994, de 25 de mayo, de actividades feriales

Art. 53

Derogado
En vigor desde 7 oct 2010
Se modifica el artículo 14, que pasa a tener la redacción siguiente: «Artículo 14. Infracciones. 1. Las infracciones de esta Ley y de las disposiciones que la despliegan son objeto de sanción administrativa, sin perjuicio de las responsabilidades de otra naturaleza que se puedan derivar. 2. Son infracciones: a) La falta de las comunicaciones previstas en esta Ley. b) La consignación de datos falsos o inexactos en una declaración responsable o en cualquier otra documentación aportada ante la administración. c) El uso indebido de la denominación de ‘‘feria oficial’’ o ‘‘exposición oficial’’ para actividades que no tienen este carácter.»
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eli/es-ct/dlg/2010/10/05/3#art-53

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