Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 8

2-5

En vigor desde 24 mar 2012
De conformidad con lo establecido por el artículo 1.1.3, los ingresos derivados de la tasa quedan afectados a la financiación del coste del servicio prestado por el departamento competente en materia de cultura. Se modifica por el de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4730 .

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DOGC-f-2008-90017#art-8-8

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