Título TÍTULO XXIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 22

3-4

En vigor desde 1 may 2020
El importe de la cuota es el siguiente: a) Habilitación acreditativa para ejercer la función de bombero de empresa: 50,85 euros. b) Acreditación de personal técnico competente para la elaboración de planes de autoprotección en el ámbito de la protección civil: 50,85 euros. c) Acreditación de centros de formación de técnicos en la elaboración de planes de autoprotección en el ámbito de la protección civil: 389,65 euros. d) Homologación de centros para formar bomberos de empresa: 389,65 euros. e) Inscripción en el examen libre para obtener la certificación técnica necesaria para la habilitación como técnico o técnica para actuar en el ámbito de la prevención y seguridad en caso de incendio mediante las entidades colaboradoras de la Administración: 48,15 euros. f) Acreditación de las entidades colaboradoras de la Administración en materia de protección civil: 389,65 euros. Se añade la letra f) por el art. 76.3 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2020-5569 Se modifica por el art. 128.3 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#a1-40 Se modifica por el art. 91.2 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 . Se modifica por el art. 44.2 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. Ref. BOE-A-2012-4730 . Se modifica por el de la Ley 7/2011, de 27 de julio. Ref. BOE-A-2011-13896 .

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Pro

DOGC-f-2008-90017#art-22-11

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