Título TÍTULO XXI›Capítulo CAPÍTULO XIV
Art. 21
Derogado14-2
En vigor desde 28 jun 2008
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, a las cuales se presten los servicios que constituyen el hecho imponible.
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-21-63