Título Tasa por el servicio de acreditación y reacreditación de la formación sanitariaCapítulo CAPÍTULO XXV

Art. 21

Derogado

25-5

En vigor desde 1 mar 2014
Están exentos del pago de esta tasa: a) Las personas que pidan la reposición por rectificación y cambio de los datos que constan en la tarjeta. b) Las renovaciones periódicas gestionadas y promovidas por la Administración. Se añade por el art. 89 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. Ref. BOE-A-2014-2999 .

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Pro

DOGC-f-2008-90017#art-21-115

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