Título Tasa por el servicio de inspección ambiental de los establecimientos incluidos en el Plan de inspección ambiental de Cataluña›Capítulo CAPÍTULO XXIX
Art. 12
29-2
En vigor desde 1 ene 2022
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que solicitan una segregación o una ampliación o una creación a las que se refiere esta tasa.
Se añade por el de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-953
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2008-90017#art-12-140