Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 21 nov 2015
Sin perjuicio de lo establecido en esta Ley, los Consejos Comarcales pueden promover la elaboración de planes de carácter estratégico y ámbito comarcal en los que se diseñe el modelo territorial deseado en la respectiva Comarca y se identifique, con carácter orientativo, el catálogo de actuaciones a desarrollar por diferentes agentes públicos y privados.

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BOA-d-2015-90603#disposicion-adicional-primera

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