Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE COMERCIO DE CASTILLA Y LEÓN›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 31
En vigor desde 2 sept 2014
1. Se entiende por venta en oferta aquella que tiene por finalidad dar a conocer un nuevo producto o servicio, o conseguir el aumento de la venta de los existentes, que podrán haber sido adquiridos exclusivamente con este fin, o el desarrollo de uno o varios establecimientos mediante la oferta de un artículo o grupo de artículos en los que concurra alguna ventaja o incentivo.
2. Reglamentariamente se determinarán las condiciones en que ha de realizarse la venta en oferta, y en particular los tipos de ventajas e incentivos que las caracterizan.
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ProBOCL-h-2014-90371#art-31