Art. Disposición derogatoria

En vigor desde 31 dic 2006
1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a este decreto legislativo y, en particular, la Ley 8/1996, de 2 de diciembre, de Delimitación Comarcal de Aragón. 2. Permanecen vigentes los preceptos de las distintas leyes de creación de comarcas que contienen la delimitación comarcal en cuanto lo previsto en ellas sobre delimitación y denominación de comarcas es enteramente congruente con la descripción establecida en la Ley que se refunde a través de este Decreto Legislativo.

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BOA-d-2006-90251#disposicion-derogatoria

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