Libro TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LA EMPRESA PÚBLICA CATALANACapítulo CAPÍTULO IV

Art. 37

En vigor desde 1 ene 2003
En los consejos de administración de las sociedades con participación mayoritaria, y cuando ello no vulnere las garantías de mantener la mayoría en manos de la representación del capital público, se nombrarán representantes de los órganos sindicales más representativos de la propia empresa.

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DOGC-f-2002-90023#art-37

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