Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 99

En vigor desde 7 ago 2020
Cuando se trate de proveer puestos de trabajo de susceptible desempeño por personal en segunda actividad, gozarán de preferencia en su adjudicación los funcionarios o funcionarias declarados en dicha situación administrativa.
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eli/es-pv/dlg/2020/07/22/1#art-99

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