Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Proceso de selección
Art. 70
En vigor desde 7 ago 2020
1. El ingreso en los cuerpos que integran la Policía del País Vasco se llevará a cabo mediante los sistemas de oposición, concurso o concurso-oposición, que se complementarán, como una fase más del proceso selectivo, con la realización de cursos de formación y períodos de prácticas.
2. Cuando las pruebas selectivas adopten el sistema de concurso-oposición, la valoración de la fase de concurso no podrá exceder del 45 % de la puntuación máxima alcanzable en la de oposición, sin que la puntuación obtenida en aquella pueda ser utilizada para superar los ejercicios de la oposición o alterar las calificaciones obtenidas en ellos.
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Proeli/es-pv/dlg/2020/07/22/1#art-70