Libro ANEXO›Título TÍTULO SEXTO›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición transitoria tercera
En vigor desde 4 ago 2016
Los procedimientos sancionadores ya iniciados en la fecha de entrada en vigor de esta Ley se tramitarán y resolverán con arreglo a las disposiciones vigentes en el momento de su incoación.
Tus anotaciones
ProBOA-d-2016-90440#disposicion-transitoria-tercera