Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Adquisiciones por causa de muerte§ Subsección 3.ª Deuda tributaria

Art. 35

En vigor desde 8 jun 2014
En las adquisiciones por causa de muerte, la cuota bonificada será el resultado de aplicar sobre la cuota íntegra corregida las bonificaciones estatales que procedan y, posteriormente, las establecidas en esta subsección.
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eli/es-ib/dlg/2014/06/06/1#art-35

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