Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

En vigor desde 26 abr 2012
La actividad comercial debe realizarse en el marco de la economía de mercado, de acuerdo con las exigencias de la economía general, de la planificación, en su caso, y conforme a la legislación vigente en la materia.

Tus anotaciones

Pro

BOC-j-2012-90002#art-5

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil