Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Ventas en rebajas

Art. 66

En vigor desde 31 mar 2012
Se consideran ventas en rebajas aquellas en la cuales se ofrece a las personas consumidoras una reducción de los precios o unas condiciones especiales que supongan su minoración en relación con los precios practicados habitualmente.

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BOJA-b-2012-90003#art-66

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