Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 1.ª Ventas con prima

Art. 65

En vigor desde 10 oct 2014
(Derogado). Se deroga por el de la Ley 3/2014, de 1 de octubre. Ref. BOE-A-2014-10663 . Téngase en cuenta que este artículo ya fue derogado por el Decreto-ley 5/2014, de 22 de abril. Se deroga por el del Decreto-ley 5/2014, de 22 de abril. Ref. BOJA-b-2014-90289 .

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BOJA-b-2012-90003#art-65

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