Título TÍTULO IX

Art. 127

En vigor desde 29 jun 2011
En el supuesto de que la Ley de Presupuestos Generales de un ejercicio extendiese su vigencia al siguiente con carácter de prórroga, el régimen de los Presupuestos Generales prorrogados se ajustará a los términos establecidos en el presente título.
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eli/es-pv/dlg/2011/05/24/1#art-127

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