Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO IV
Art. Disposición transitoria vigésimo cuarta
En vigor desde 23 abr 2011
La regulación del derecho de abolorio contenida en este Código es aplicable cuando la enajenación se haya realizado a partir del 1 de enero de 2011.
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ProBOA-d-2011-90007#disposicion-transitoria-vigesimo-cuarta