Art. Disposición transitoria vigésimo cuarta
Libro LIBRO CUARTOTítulo TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria vigésimo cuarta

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En vigor desde 23 abr 2011
La regulación del derecho de abolorio contenida en este Código es aplicable cuando la enajenación se haya realizado a partir del 1 de enero de 2011.

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BOA-d-2011-90007#disposicion-transitoria-vigesimo-cuarta