Libro LIBRO CUARTO›Título TÍTULO IV
Art. Disposición transitoria vigésimo cuarta
676 / 676En vigor desde 23 abr 2011
La regulación del derecho de abolorio contenida en este Código es aplicable cuando la enajenación se haya realizado a partir del 1 de enero de 2011.
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ProBOA-d-2011-90007#disposicion-transitoria-vigesimo-cuarta